SORTEO NESCAFÉ – 3 en 1 NEWSLETTER

NESTLÉ ESPAÑA, S.A.U., (en adelante NESTLÉ), provista del N.I.F. A-08005449, con domicilio social en Esplugues de Llobregat (Barcelona), C/ Clara Campoamor nº 2, organiza un sorteo en la red social Instagram con la finalidad de premiar la fidelidad de los consumidores de la marca NESCAFÉ. La promoción se regirá por las siguientes BASES

Período:

El período de participación en la promoción se iniciará el día 19 de febrero de 2026 y finalizará 5 de marzo de 2026 a las 23:59, ambos días incluidos.

Participantes:

Podrán participar todas aquellas personas físicas mayores de edad residentes en el territorio español, que completen correctamente el formulario asociado a la newsletter y participen según las indicaciones contenidas en la misma.

Quedan excluidos de la participación en esta promoción los empleados de NESTLÉ, así como cualquier persona relacionada profesionalmente con la promoción.

Mecánica de la promoción:

Para participar, los usuarios deberán rellenar y enviar el cuestionario habilitado en la newsletter de NESCAFÉ, durante el período indicado en estas bases.

Premio:

Se asignarán 1 premio consistente en un lote de productos formado por:

  • 5 packs de NESCAFÉ 3en1
  • 1 taza roja NESCAFÉ
  • 2 forfaits para utilizar en las estaciones de esquí de FGC

 

El premio no se podrá sustituir por dinero ni por otro premio a petición del ganador.

NESTLÉ se reserva el derecho a sustituir el premio por otro análogo de mismo o superior valor en caso de fuerza mayor.

Asignación y entrega del premio

Se realizará un (1) sorteo, mediante la aplicación de sorteos aleatorios online EASYPROMOS. El sorteo se celebrará entre el 6 de marzo de 2026 y el 9 de marzo de 2026.

Mediante la plataforma de sorteos aleatorios se designará 1 ganador y 5 reservas para el caso de que el premiado no cumpla los requisitos exigidos en estas bases, renuncie al premio o no se le pueda contactar por causas ajenas a Nestlé.

Para la entrega del premio, Nestlé contactará con el ganador/a a través del correo electrónico utilizado para participar en la encuesta. El ganador/a deberá responder a Nestlé en el plazo máximo de 24h para poder gestionar la entrega del premio.

Si transcurridas las 24h, desde la notificación al ganador, éste no se pusiera en contacto con Nestlé, se entenderá que el premio ha sido rechazado y se procederá a contactar con el reserva correspondiente.

La comunicación con el ganador/a se realizará a través del email facilitado por el participante en el formulario. La no recepción por parte del ganador de los mensajes dirigidos mediante dicho medio, sea cual sea la causa, eximirá a NESTLÉ de cualquier responsabilidad, no teniendo ésta ninguna obligación de utilizar medios alternativos de notificación. El participante se compromete a verificar periódicamente su bandeja de entrada.

Nestlé se reserva el derecho de no entregar el premio a un agraciado si se comprueba que ha existido fraude, manipulación, actividad o conducta malintencionada.

Causas de descalificación de un participante de la promoción.

Esta promoción pretende que la competición entre los distintos participantes se haga con igualdad de oportunidades y con estricto respeto al principio general de la Buena Fe. Por ese motivo, Nestlé excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz o inadecuada, emplee medios fraudulentos o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.

En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos:

1. Empleo de vías, sistemas o dispositivos para la introducción automatizada de datos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.

2. Aportación de datos profesionales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha aportado datos profesionales inexactos, alterados o falsos, le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.

3. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a Nestlé a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.

En caso de que cualquiera de las anteriores irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Nestlé se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los mismos.

Tratamiento de Datos Profesionales

Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar premiados, sus datos personales (nombre y apellidos y/o nombre de perfil) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que Nestlé estime más convenientes.

Los datos personales solicitados a los premiados serán tratados únicamente para gestionar la promoción y, en particular, para entregarles el premio, basándonos en su consentimiento al participar en la promoción. Una vez entregado el premio, eliminaremos sus datos de nuestros sistemas. El responsable de dichos datos es Nestlé España, S.A.U., pudiendo dar acceso a los encargados de tratamiento de esta promoción y, si fuese necesario, a autoridades públicas.

Fiscalidad

A los premios de la presente promoción, les resultará de aplicación la normativa vigente del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante, IRPF) en materia de premios que se entreguen como consecuencia de la participación en juegos, concursos, rifas o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios.

De conformidad con lo anterior, los premios concedidos están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio (incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido) sea superior a 300 Euros, por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad Nestlé la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente.

Asimismo, el participante ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. La ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.

Aceptación de Bases.

La participación en la promoción supone la aceptación íntegra de las presentes bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe Nestlé.

Nestlé se reserva el derecho de resolver según su interpretación aquellos aspectos no contemplados en estas bases.