La entidad mercantil NESTLÉ ESPAÑA, S.A.U. (en adelante NESTLÉ) con domicilio social en Calle Clara Campoamor, nº 2, 08950, Esplugues de Llobregat y con NIF A08005449 desarrollará una promoción que se llevará a cabo bajo la modalidad de “sorteo ante notario” en favor de algunos productos comercializados o distribuidos en España por NESTLÉ. La promoción se regirá por las siguientes BASES:
PRIMERA.- ÁMBITO TERRITORIAL, TEMPORAL Y PARTICIPANTES.- La participación y compra de los productos participantes en la promoción tendrá lugar entre los días 16 de septiembre y el 1 de octubre del 2025, ambos inclusive.
Podrán participar todos aquellos consumidores finales mayores de 18 años residentes en territorio español que adquieran en establecimientos FROIZ o mediante su web online (www.froiz.com/shop) alguno de los productos que más adelante se especifican.
No podrán participar en la presente promoción los empleados de Nestlé España S.A.U, ni de ninguna de las empresas que intervienen en esta promoción, ni en general las personas jurídicas, ni los menores de 18 años.
Asimismo, quedan excluidos de la promoción los intermediarios, revendedores, titulares o colaboradores de establecimientos en los que se comercializan los productos participantes en la promoción.
SEGUNDA.- OBJETO.- El objetivo de esta promoción es incentivar a los consumidores finales la compra de los productos indicados en la base Tercera.
TERCERA.- PRODUCTOS .- Podrán participar en la promoción los consumidores finales que hayan adquirido los productos que, en las variedades que a continuación se indican, se distinguen con las marcas siguientes
• Cereales para el desayuno y barritas de cereales: CHOCAPIC, NESQUIK, ESTRELLITAS, GOLDEN GRAHAMS, CHEERIOS, LION, CRUNCH y FITNESS
• Cereales solubles: EKO
• Cacao soluble: NESQUIK
• Cacao: NESTLÉ GOLD y NESTLÉ chocolate
• Agua embotellada: AQUAREL, PERRIER y SAN PELLEGRINO
• Chocolate, chocolatinas y bombones: NESTLÉ (Extrafino, Postres y Snack), MILKYBAR, CRUNCH, LES RECETTES DE L’ATELIER, CAJA ROJA, AFTER EIGHT, KIT KAT, NESQUIK, DOLCA y SMARTIES
• Café soluble: NESCAFÉ
• Cápsulas de café: NESCAFÉ DOLCE GUSTO
• Café tostado: BONKA y BRASILIA
• Mezclas de café: RICORÉ
• Leche condensada: LA LECHERA
• Dulce de leche: LA LECHERA
• Leche evaporada: IDEAL
• Leche en polvo: SVELTESSE, LA LECHERA y NESTLÉ
• Culinarios: BUITONI, GARDEN GOURMET, LITORAL y SOLÍS
• Purés: cups individuales MAGGI (*excepciones más abajo)
• Alimentación y cuidados de mascotas: FRISKIES, GOURMET, BEYOND, DOGMENU, FELIX, PURINA ONE, TIDY CATS, ADVENTUROS, DENTALIFE
• Salsas, fondos y ayudas culinarias: MAGGI.
• Postres y Cacao a la Taza: NESTLÉ
• Galletas Infantiles: NESTLÉ JUNIOR
• Papillas Infantiles: NESTUM y NESTLÉ
• Tarritos infantiles y bolsitas de fruta: NESTLÉ NATURNES y GERBER
• Lácteos infantiles (incluido bolsitas): NESTLÉ IOGOLINO, Leche y cereales
• Leches infantiles: NIDINA PREMIUM, NAN Expert, NAN HA y NATIVA (* excepciones más abajo)
• Fórmulas de crecimiento: NESTLÉ
Quedan expresamente excluidos de la promoción:
- los productos del grupo Nestlé que, por disposición legal, no pueden participar en este tipo de actividades, tales como las leches de inicio para lactantes (NIDINA 1 Premium, NIDINA 1 Confort Digest AR, NAN Expert AR, NAN Expert Digest, NAN 1 Optipro y NATIVA 1)
- los productos comercializados por Lactalis Nestlé Productos Lácteos y Refrigerados Iberia S.A. como los yogures y postres de LA LECHERA,
- los cafés listos para tomar marca NESCAFÉ Shakíssimo
- la pasta BUITONI comercializada por Rana Hispania S.A.U.
- los helados Nestlé comercializados por Froneri Iberia S.L.
- Las pizzas BUITONI comercializadas por European Pizza Group Iberia S.L.
- resto de la gama de purés MAGGI.
CUARTA.- PREMIOS.- Se sortearán diez (10) Smartwatch Venu Sq de Garmin.
Los citados premios están limitados a uno por persona.
NESTLÉ se reserva el derecho de sustituir el premio anteriormente detallado por otro de semejante valor y características, en caso de fuerza mayor.
QUINTA.- MECÁNICA.- Los consumidores que adquieran en establecimientos FROIZ o en su tienda online, durante el periodo promocional, un mínimo de tres productos en promoción detallados en la base tercera, y que cumplan con los requisitos contenidos en la base primera podrán participar en la presente promoción.
Para participar deberán:
1. Registrarse o iniciar sesión en https://nestlefamilyclub.es
El participante deberá proporcionar a Nestlé, al participar en la promoción, datos de contacto veraces, actualizados y funcionales. Dichos datos serán utilizados para hacer llegar a dicho participante toda comunicación que fuera necesario comunicar en relación con la promoción, incluyendo –en su caso- la designación de dicho participante como ganador. La no recepción por parte del ganador de los mensajes dirigidos a su medio de contacto elegido, sea cual fuera la causa, eximirá a Nestlé de cualquier responsabilidad al respecto, no teniendo ésta ninguna obligación de utilizar medios de notificación alternativos. Esto es: Nestlé cumplirá con su obligación de buena fe enviando todas las comunicaciones al medio de contacto elegido por el participante, y éste se compromete a verificar el correcto funcionamiento del mismo (incluyendo la comprobación periódica de la bandeja de “correo basura”, en su caso). La falsedad o la falta de alguno de los datos obligatorios podrán motivar la exclusión de dicho participante de la promoción.
2. Una vez identificado o registrado, subir la fotografía del ticket de compra.
En la fotografía del ticket de compra deberán distinguirse con claridad, el establecimiento, la fecha de compra, así como los productos NESTLÉ adquiridos, siendo necesarios un mínimo de tres productos.
Sólo serán válidos aquellos tickets de compra con fecha comprendida entre el 16 de septiembre y el 1 de octubre del 2025, ambos inclusive, y de compras realizadas en establecimientos FROIZ.
Cada ticket de compra podrá ser utilizado por un único participante y solo permitirá una participación siempre y cuando contenga al menos tres productos NESTLÉ de los citados en el apartado tercero. Los tickets que ya hayan sido introducidos anteriormente no serán válidos.
El participante deberá conservar los tickets de compra originales con los que haya participado ya que, para poder recibir el premio que le corresponda, NESTLÉ podrá requerir el ticket de compra de los productos con los que hubiera resultado agraciado, debiendo dicho ticket ser de fecha y hora anterior al momento de participación y coincidir con la imagen enviada. En caso contrario el participante perderá todo derecho sobre el premio que le haya correspondido.
Nestlé declina cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad, de continuidad del funcionamiento y/o fallos en el acceso a las distintas páginas y envíos de respuestas de participación a través de Internet.
Nestlé se reserva el derecho a modificar en cualquier momento las condiciones de la presente acción promocional, incluso su posible anulación antes del plazo prefijado, siempre que concurra causa justificada o supuesto de fuerza mayor, comprometiéndose a comunicar las nuevas bases, condiciones de la acción promocional o la anulación definitiva.
SEXTA.- LIMITACIÓN DE PARTICIPACIÓN.- Una participación corresponde a un ticket de compra (contenga tres o más productos NESTLÉ).
SÉPTIMA.- ASIGNACIÓN DE PREMIOS A TRAVÉS DE SORTEO ANTE NOTARIO.- Los premios contenidos en la base cuarta se asignarán mediante sorteo ante notario entre todos los participantes que cumplan las condiciones.
El sorteo se realizará ante notario entre el 2 de octubre y el 23 de octubre de 2025. Se extraerán aleatoriamente de entre las participaciones diez (10) ganadores y diez (10) reservas para el caso de que cualquier participante agraciado no cumpla los requisitos citados en estas bases, no se le pueda localizar por causas ajenas a Nestlé o renuncie al mismo. El orden de sustitución de las reservas será el mismo en el que éstos fueron designados.
El premio no será canjeable ni por dinero ni por otro premio. Tampoco podrá ser cedido a persona distinta del ganador.
NESTLÉ se reserva el derecho de que los premios queden desiertos, en el caso de que cualquier participante agraciado o reserva no cumpla los requisitos citados en estas bases o renuncien al mismo.
OCTAVA.- COMUNICACIÓN Y ENTREGA DE PREMIOS A LOS GANADORES.- NESTLÉ comunicará el resultado del sorteo a cada ganador preferentemente mediante email a la dirección de email con la que se ha efectuado la participación.
En caso de no poder localizar al ganador en el plazo de 15 días desde la notificación (en su caso, el primer email), se considerará que renuncia al premio y éste se otorgará al suplente correspondiente, quien tendrá 15 días para contestar y aceptar el premio y así sucesivamente hasta entregar el premio o declararlo desierto.
Nestlé se reserva el derecho a requerir información adicional acreditativa de la identidad del participante o de realizar las comprobaciones que crea necesarias en cada caso para verificar y validar su participación.
En caso de que no se cumplan todas y cada una de las condiciones anteriores, o cualquier otra de las indicadas en estas bases, el premio no se hará efectivo al ganador.
Los ganadores estarán sujetos a las condiciones impuestas por terceros que se ocupen de los servicios relacionados con los premios. NESTLÉ no se hace responsable de las relaciones que puedan establecer los ganadores con los prestadores de dichos servicios.
NOVENA.- PUBLICACIÓN DE GANADORES Y RECLAMACIÓN.- Los participantes en la presente promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre, apellidos y población) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que NESTLÉ estime más convenientes.
El periodo de reclamación de los premios finalizará un mes después de la fecha de finalización del periodo promocional.
DÉCIMA.- CAMBIO DE PREMIOS.- Los premios contenidos en la presente promoción en ningún caso podrán ser objeto de cambio, alteración, compensación en metálico o cesión a petición del ganador/es.
DÉCIMO PRIMERA.- CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN DE UN PARTICIPANTE DE LA PROMOCIÓN.- Esta promoción se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los consumidores de los productos con las marcas que toman parte de aquélla, premiando la fidelidad en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la buena fe. Por ese motivo, NESTLÉ excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz, inadecuada, falaz o impropia, emplee medios desproporcionados, fraudulentos o abusivos, o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.
En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos:
1. Introducción de un código de barras (EAN) o un código promocional inexistente, falso o alterado o ya utilizado en una participación anterior.
2. Introducción de los datos relativos a un ticket de compra inexistente, falso o alterado, o ya utilizado en una participación anterior.
3. Falta de correlación entre los códigos de barra (EAN) o promocionales o de producto y los tickets de compra que justifican su adquisición.
4. No disponer, o no entregar a NESTLÉ el ticket o los tickets de compra, originales con los que se haya participado y que justifiquen haber resultado agraciado con cualquiera de los premios entregados en la presente promoción.
5. Facilitar datos o documentos sospechosos, inconsistentes, inciertos, falseados, ambiguos, confusos, no verificables, de difícil o imposible comprobación y/o trazabilidad, que correspondan a depósitos o entidades situadas fuera del territorio nacional o no rastreables, incongruentes, controvertibles, o que pudieran relacionarse con actividades ilícitas, secretas, subversivas o de dudosa ética o moralidad, cuestionables u oscuras, o información cuya autenticidad, validez, legitimidad, eficacia o procedencia ofrezca dudas razonables que no sean resueltas en tiempo y forma.
6. Empleo de sistemas o dispositivos informáticos para la introducción automatizada de datos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
7. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos. La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.
8. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida, altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación, comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará derecho a NESTLÉ a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.
En caso de que cualquiera de las anteriores irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, NESTLÉ se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución del premio indebidamente obtenido.
DÉCIMO SEGUNDA.- FISCALIDAD.- A los premios de la presente promoción, les serán de aplicación la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº 2004/2009, por el que se modifica su Reglamento; Real Decreto nº 1003/2014, de 5 de diciembre y novedades tributarias introducidas por el Real Decreto 633/2015, de 10 de Julio; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48, apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil NESTLÉ ESPAÑA, S.A. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).
De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 Euros.
En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, NESTLÉ ESPAÑA, S.A. practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.
El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.
La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores, necesarios para la entrega de los premios, tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.
DÉCIMO TERCERA.- TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES.- Los datos de carácter personal de los participantes en esta promoción serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción.
En el momento de proceder a la recogida de los datos a través del formulario, se informará a los participantes de forma clara, precisa, suficiente y detallada acerca del almacenamiento temporal de sus datos en un fichero temporal y/o su incorporación a una base de datos permanente titularidad de Nestlé, de las finalidades para las que podrán ser destinados dichos datos (i.e. publicidad dirigida y marketing directo, compartir su información con buscadores en Internet o proveedores de redes sociales, mostrarle comunicaciones comerciales en sitios web, conocer sus actividades y opiniones y hacerle llegar ofertas y promociones basadas en su ubicación geográfica precisa, etc.), así como de los derechos que tienen los participantes sobre sus datos personales y los mecanismos para ejercerlos.
Todos aquellos interesados cuyos datos personales sean objeto de tratamiento, podrán ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación, portabilidad, limitación y oposición al tratamiento o revocación del consentimiento, en su caso, dirigiéndose a Nestlé España, S.A. Apartado de Correos 1404, 08080 Barcelona, o a través de nuestro correo electrónico protecciondedatos@nestle.es.
La negativa a proporcionar los datos calificados como obligatorios implicará la imposibilidad de participar en la promoción o la de acceder a las prestaciones para los que eran solicitados.
DÉCIMO CUARTA.- ACEPTACIÓN DE BASES.- La participación en esta acción promocional implica, por sí misma, la aceptación de las presentes bases por los interesados.
DÉCIMO QUINTA.- RESPONSABILIDAD.- NESTLÉ no se responsabiliza de las posibles pérdidas, deterioros, robos, retrasos o cualquier otra circunstancia imputable a terceros o a internet que puedan afectar al desarrollo de la presente promoción.
NESTLÉ no se hace responsable de las incidencias y sucesos de todo orden (por ejemplo, imposibilidad de registrar los datos de algún participante, interrupción o pérdida de conexión...) que sean provocadas por una avería en el programa informático debido a un caso de fuerza mayor; o bien por una deficiente prestación del servicio por parte de las compañías suministradoras del mismo.
El ganador/es exime a NESTLÉ de cualquier responsabilidad derivada de cualquier perjuicio que pudiera sufrir durante el disfrute del premio objeto de la presente promoción, debiendo, en este caso estarse a las garantías del fabricante del producto.
NESTLÉ declina cualquier responsabilidad por daños y perjuicios de toda naturaleza que puedan deberse a la falta temporal de disponibilidad, de continuidad del funcionamiento y/o fallos en el acceso y envíos de respuestas de participación a través de la web.
DÉCIMO SEXTA.- MODIFICACIÓN DE LA PROMOCIÓN.- NESTLÉ se reserva el derecho a modificar o cancelar la promoción durante el desarrollo de la misma si concurriesen circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que así lo impusiesen.
DÉCIMO SÉPTIMA .- DEPÓSITO DE BASES.- Las Bases de la presente promoción se encuentran depositadas y protocolizadas ante Notario del Ilustre Colegio de Barcelona y estarán a disposición de cualquier persona que desee consultarlas en la web de la promoción.