BASES PROMOCIÓN “LOTE PRODUCTOS NESTLÉ MENSUAL 2026”

NESTLE ESPAÑA S.A.U., (en adelante Nestlé), domiciliada en Esplugues de Llobregat (Barcelona), C/ Clara Campoamor nº 2, y con N.I.F. A-08005449, realizará una promoción de ámbito nacional en la que se sortearan mensualmente 10 lotes de producto.  

La promoción se regirá por las siguientes bases:  

BASES  

Primera: Duración de la promoción: El período promocional empezará el 16 de enero de 2026 y finalizará el 15 de enero de 2027.  

Segunda: Ámbito geográfico. - La promoción será de ámbito nacional.  

Tercera: Ámbito personal. - Tendrán derecho a participar en el sorteo todas aquellas personas, mayores de edad, con residencia en España, que cumplan los requisitos de las presentes bases.  

La promoción no es aplicable a los empleados de Nestlé, ni a cualquier persona implicada profesionalmente en esta promoción.  

Cuarta: Premios. - Se sortearán un total de 120 premios durante el curso de la promoción, asignándose mensualmente 10 lotes de productos Nestlé, cada uno valorado en más de 90€ compuestos cada uno por:  

  • NESTLÉ NESQUIK FRESA Soluble 350g Bolsa

  • MERITENE FUERZA Y VITALIDAD chocolate

  • Nestlé Aquarel 0,5L

  • MAGGI Jugoso al Horno Barbacoa

  • MAGGI Salsa asiatica TIKKA MASALA

  • MAGGI Air Fryer Crispy Queso

  • SOLÍS Tomate Frito Brik 500g  

  • SOLÍS Salsa Boloñesa 350g  

  • SOLÍS Salsa Napolitana 350g

  • KitKat Avellana

  • KitKat Chocolate con Leche

  • La Lechera Original 370g

  • La Lechera Original 450g

  • Litoral Garbanzos con Espinacas

  • BONKA Natural Molido 250g

  • EKO Eco Natural 150g

  • Cheerios Avena 300g

  • Lion 400g

  • NESCAFÉ 3EN1

  • NESCAFÉ KitKat Mocha

  • VITAL PROTEINS Collagen Peptides Sticks

  • Viladrau 33cl

  • Nestle PequeCrackers de tomate 100g

  • NESTLÉ Pouch Cool Fruits 110g

  • SANPELLEGRINO Italian Sparkling Drink sabor Limonata

  • SANPELLEGRINO Italian Sparkling Drink sabor Aranciata

  • CAJA ROJA 103g

 

Nestlé se reserva el derecho a modificar los productos que componen el lote por productos similares de igual o mayor valor. 

Los premios se adjudicarán mediante sorteo mensual que se realizará a través de Easypromos.  

Así, los sorteos se realizarán con las participaciones realizadas entre las siguientes fechas:  

  • Sorteo del 1 al 15 de febrero 2026.  

    • Participaciones por web y de newsletters registradas entre el 16 y el 31 de enero 2026.  

  • Sorteo del 1 al 15 de marzo 2026.  

    • Participaciones por web y de newsletters registradas entre el 1 y el 28 de febrero 2026.  

  • Sorteo del 1 al 15 de abril 2026.  

    • Participaciones por web y de newsletters registradas entre el 1 y el 31 de marzo 2026. 

  • Sorteo del 1 al 15 de mayo 2026.  

    • Participaciones por web y de newsletters registradas entre el 1 y el 30 de abril 2026.  

  • Sorteo del 1 al 15 de junio 2026.  

    • Participaciones por web y de newsletters registradas entre el 1 y el 31 de mayo 2026.  

  • Sorteo del 1 al 15 de julio 2026.  

    • Participaciones por web y de newsletters registradas entre el 1 y el 30 de junio 2026.  

  • Sorteo del 1 al 15 de agosto 2026.  

    • Participaciones por web y de newsletters registradas entre el 1 y el 31 de julio 2026.  

  • Sorteo del 1 al 15 de septiembre 2026.  

    • Participaciones por web y de newsletters registradas entre el 1 y 31 de agosto 2026.

  • Sorteo del 1 al 15 de octubre 2026.  

    • Participaciones por web y de newsletters registradas entre el 1 y 30 de septiembre 2026.  

  • Sorteo del 1 al 15 de noviembre 2026.  

    • Participaciones por web y de newsletters registradas entre el 1 y 31 de octubre 2026.  

  • Sorteo del 1 al 15 de diciembre 2026.  

    • Participaciones por web y de newsletters registradas entre el 1 y 30 de noviembre 2026.  

  • Sorteo del 16 al 31 de enero de 2027.  

    • Participaciones por web y de newsletters registradas entre el 1 de diciembre de 2026 y el 15 de enero de 2027.  

Tras adjudicar aleatoriamente a los 10 ganadores de cada sorteo, se designará, asimismo, diez (10) reservas para el caso de que cualquiera de los premiados no cumpliera los requisitos de estas bases para la obtención del premio o renuncie al mismo. El orden de sustitución de las reservas será el mismo en el que éstos fueron designados.  

Una vez obtenidos los ganadores y suplentes mediante este procedimiento,  Easypromos procederá a guardar dicha información y ya no se podrá repetir el proceso de selección de ganadores y suplentes. Tras la realización del sorteo, Easypromos  emitirá un Certificado de Validez, en el que se certifica el procedimiento utilizado y los ganadores y suplentes que se han obtenido a través de ese mecanismo.  

El resultado se comunicará personalmente a cada agraciado por Nestlé mediante los datos de contacto que figuran dados de alta en Nestlé para ello es necesario que dichos datos sean veraces y funcionales y que el participante los mantenga actualizados.  

Nestlé enviará un e-mail a los ganadores, comunicándoles que han resultado ganadores y solicitándoles confirmación de su dirección para poder gestionar el envío del premio. Cada agraciado tendrá un plazo de máximo de 15 días desde la fecha de la primera notificación para facilitar la dirección de su domicilio. Si pasado el citado plazo Nestlé no hubiera recibido la información necesaria, se entenderá que el ganador renuncia al premio y Nestlé pasará a contactar con el suplente correspondiente.  

La promoción está limitada a un máximo de un premio por persona. En ningún caso podrá sustituirse el premio por otro premio, ni podrá cederse a otra persona distinta del ganador a petición de éste.  

Nestlé se reserva el derecho de que los premios queden desiertos en el caso de que ni los participantes agraciados ni los reservas cumplan los requisitos citados en estas bases.  

Quinta: Mecánica de la promoción. – Los usuarios podrán participar en la promoción de una de las siguientes 3 maneras: 

1) Participación con un clic en Newsletter: Se enviarán e-mails a algunos usuarios que ya forman parte de la base de datos de Nestlé con la promoción, y podrán participar en la misma clicando sobre el botón de participación que se encuentre en dicho e-mail. La participación contará para el sorteo correspondiente al mes en que el usuario clicó en el e-mail.  

2) Participación en web: Los usuarios que formen parte de la Base de Datos de Nestlé deberán iniciar sesión y confirmar participación en la página de la promoción ubicada en la web www.nestlefamilyclub.es/promociones/lote mensual-nestle para participar. Si no forman parte de la base de datos de Nestlé, se tendrán que registrar primero y después iniciar sesión y confirmar participación en la página de la promoción. En ambos casos, se incluirán en el sorteo correspondiente al mes en el que iniciaron sesión o se registraron, respectivamente.  

3) Participación en Redes Sociales: Se publicará un post o Story en Facebook y/o Instagram a través del perfil de Nestlé, donde el usuario se podrá registrar y participar en la promoción, incluyéndose en el sorteo correspondiente al mes en el que se haya registrado.  

Sólo se podrá participar de una de las formas indicadas. En el caso de participar de más de una forma, sólo se contará una participación.  

Los usuarios podrán participar cada mes de la promoción a través del e-mail, si lo reciben, o a través de la página de la promoción o del post de Facebook o Instagram.  

Sexta: Difusión de la promoción. - La promoción se difundirá mediante Newsletter  o SMS a los usuarios ya registrados en la BBDD de Nestlé, en la propia web de www.nestlefamilyclub.es y en Redes sociales. Nestlé se reserva el derecho a comunicar la promoción a través de otros canales de difusión a parte de los mencionados anteriormente.  

Séptima: Fiscalidad. A los premios de la presente promoción, les serán de aplicación  la Ley 35/2006 de 28 de noviembre por la que se aprueba el Impuesto sobre la Renta  de las Persona Físicas y de modificación parcial de las Leyes sobre los Impuestos de  Sociedades, sobre la Renta de no residentes y sobre el patrimonio; el Real Decreto nº  439/2007, de 30 de marzo, por el que se aprueba su Reglamento y sus modificaciones  posteriores; Disposiciones transitorias Primera y Tercera de la Ley 13/2011 de 27 de  mayo, de Regulación del Juego; la disposición adicional primera de la Ley 25/2009,  de 22 de diciembre de Modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley  sobre el libre acceso a las actividades de servicio y su ejercicio, y el artículo 48,  apartado 6, y apartado 7, número 12 de la Ley 13/2011, de 27 de mayo de Regulación  del Juego; Orden EHA/388/2010 de 19 de febrero, por el que se aprueba la tasa sobre  apuestas y combinaciones aleatorias, autoliquidación, se determina el lugar y forma  de presentación y se establecen las condiciones y el procedimiento para su  presentación telemática y demás disposiciones concordantes y dictadas en su  desarrollo por lo que, en su caso, corresponderá a la entidad mercantil NESTLÉ  ESPAÑA, S.A. la realización del ingreso a cuenta o la práctica de la retención  procedente, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (en adelante IRPF).  

De conformidad con la citada normativa, se informa a los participantes en la presente promoción de que los premios concedidos por la participación en juegos, concursos, rifas, o combinaciones aleatorias vinculadas a la venta o promoción de bienes o servicios están sujetos a retención o ingreso a cuenta de IRPF siempre que el valor del premio sea superior a 300 euros.  

En relación con lo anterior y en cumplimiento de la vigente normativa fiscal, NESTLÉ  

ESPAÑA, S.A. practicará la correspondiente retención e ingreso a cuenta sobre el premio entregado y, en su momento, expedirá la oportuna certificación que facilite al participante el cumplimiento de sus obligaciones fiscales al tener que incorporar en su declaración de IRPF el rendimiento consistente en el premio recibido, junto con el resto  

de las rentas que perciba, y de cuya cuota total se podrá deducir como ya ingresada la cantidad que conste en la mencionada certificación de ingreso a cuenta.  El participante ganador deberá confirmar el día de la entrega del premio sus datos personales, así como mostrar su DNI o Tarjeta de Residente. Con el fin de que puedan ser efectuadas las retenciones mencionadas en el punto anterior, el ganador deberá firmar en todo caso un escrito justificativo de la recepción del premio, al recibir el mismo y entregar fotocopia de su DNI. En caso contrario, perdería su derecho a la recepción del premio.  

La cumplimentación de los datos personales y fiscales de los ganadores, necesarios para la entrega de los premios, tiene carácter obligatorio, de forma que la ausencia de cualquiera de dichos datos supondrá la pérdida del derecho al premio obtenido.  

Octava: Tratamiento de datos personales. Los participantes en la promoción consienten inequívocamente que, en caso de resultar ganadores, sus datos personales (nombre y apellidos) puedan ser comunicados a terceros mediante su difusión a través de los medios que Nestlé estime más convenientes.  

Los datos de carácter personal de los participantes en esta promoción serán tratados dando estricto cumplimiento a lo establecido en el Reglamento (UE) 2019/679, de 27 de abril de 2016, general de protección de datos (“RGPD”) así como a la legislación nacional aplicable en el momento de la promoción.  

En el momento de proceder a la recogida de los datos a través del formulario, se  informará a los participantes de forma clara, precisa, suficiente y detallada acerca del  almacenamiento temporal de sus datos en un fichero temporal y/o su incorporación a  una base de datos permanente titularidad de Nestlé España S.A., de las finalidades  para las que podrán ser destinados dichos datos (i.e. publicidad dirigida y marketing  directo, compartir su información con buscadores en Internet o proveedores de redes  sociales, mostrarle comunicaciones comerciales en sitios web, conocer sus  actividades y opiniones y hacerle llegar ofertas y promociones basadas en su  ubicación geográfica precisa, etc.), así como de los derechos que tienen los  participantes sobre sus datos personales y los mecanismos para ejercerlos. La negativa a proporcionar los datos calificados como obligatorios implicará la imposibilidad de participar en la promoción o la de acceder a las prestaciones para los que eran solicitados.  

Todos aquellos interesados cuyos datos personales sean objeto de tratamiento, podrán ejercitar gratuitamente los derechos de acceso, rectificación, cancelación, portabilidad, limitación y oposición al tratamiento o revocación del consentimiento, en su caso, dirigiéndose a Nestlé España, S.A. Apartado de Correos 1404, 08080 Barcelona, o a través de nuestro correo electrónico protecciondedatos@nestle.es.  

Novena: Causas de descalificación de un participante de la promoción. Esta promoción se organiza con la pretensión de incentivar y fomentar la participación de todos los consumidores, premiando la fidelidad en condiciones de igualdad y con estricto respeto al principio general de la Buena Fe. Por ese motivo, Nestlé excluirá automática e inmediatamente de la misma a cualquier participante que transgreda las normas de la buena fe, observe una conducta mendaz o inadecuada, emplee medios fraudulentos o incumpla estas bases en cualquiera de sus extremos.  

En cualquier caso, con carácter enunciativo, pero no limitativo, y en aquello que resulte de aplicación, se excluirá a cualquier participante de la promoción en los siguientes casos:  

  1. Introducción de un código de barras o un código promocional inexistente, falso o alterado o ya utilizado en una participación anterior.  

  2. Introducción de los datos relativos a un ticket de compra inexistente, falso o alterado, o ya utilizado en una participación anterior.  

  3. Falta de correlación entre los códigos promocionales o de producto y los tickets de compra que justifican su adquisición.  

  4. No disponer, o no entregar a Nestlé el o los códigos de barras o promocionales originales o el tique o los tiques de compra, también originales, con los que se haya participado y que justifiquen haber resultado agraciado con cualquiera de los premios entregados en la presente promoción  

  5. Empleo de vías, sistemas o dispositivos para dispositivos para alterar el sistema de votaciones, como la compra de votos, o la introducción automatizada de datos o códigos. La mera sospecha de que un participante está utilizando cualquier sistema automatizado para la introducción masiva o repetitiva de los datos o códigos necesarios para participar en la promoción, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.  

  6. Introducción de datos personales inexactos, erróneos, no coincidentes o falsos.  La constatación de que un participante ha introducido datos personales inexactos, alterados o falsos, dará lugar a la exclusión inmediata de todas sus participaciones en la promoción, y le inhabilitará para recibir cualquier premio, sin que sea necesario comunicárselo.  

  7. De igual modo, cualquier anomalía atribuible a un participante que impida,  altere o perturbe el normal desarrollo de la promoción, que afecte o perjudique  a cualquier otro participante, que pueda falsear los datos de participación,  comprometa la seguridad o la fiabilidad de los sistemas técnicos utilizados para  su desarrollo, o que contravenga, de algún otro modo las presentes bases, dará  derecho a Nestlé a excluir unilateral e inmediatamente a dicho participante y a  dar cuenta de los hechos a las autoridades competentes.  

En caso de que las irregularidades, o cualesquiera otras, se detecten con posterioridad a la entrega efectiva de alguno de los premios, Nestlé se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales pertinentes contra su autor o responsable, entre otras, las tendentes a la devolución de los premios.  

Décima: aceptación de las bases. - La participación en la promoción implica la aceptación de las presentes bases por los interesados.